Restricciones por categoría
Caldas es el municipio más al sur del Valle de Aburrá con Pico y Placa, y sus dos vías principales quedan exentas
Caldas adopta la misma tabla semanal de Medellín para carros y motos, de 5:00 am a 8:00 pm de lunes a viernes. Carros por último dígito, motos por primer dígito. Es el municipio más al sur de la franja metropolitana donde aplica esta restricción coordinada — el equivalente geográfico de Barbosa en el extremo norte.
Los dos corredores más usados para llegar a Caldas desde La Estrella y Sabaneta están exentos dentro del territorio caldense: la Carrera 45 (variante a Caldas) en su totalidad, y la Carrera 50 (vía vieja a Caldas) en el tramo desde la Calle 107 sur hasta la Y de Primavera. Quienes usan esos corredores de paso sin ingresar al casco urbano no quedan sujetos a la restricción. También están exentos los vehículos eléctricos, híbridos y los que operan a gas natural vehicular (GNV) debidamente registrados en el RUNT.
Taxis y motocarros sin restricción. La sanción por circular sin exención válida es de 15 SMLDV según el artículo 131, literal C, numeral 14 de la Ley 769 de 2002, procesada por la autoridad de tránsito de Caldas de forma independiente a Medellín. Ante cualquier discrepancia con la información oficial, repórtala por el formulario de contacto.