Restricciones por categoría
Copacabana aplica la rotación del Valle de Aburrá con dos autopistas exentas
Copacabana adopta la misma tabla semanal de Medellín para carros y motos, de 5:00 am a 8:00 pm de lunes a viernes. Las motos rotan por el primer dígito. Lo que distingue a Copacabana dentro del cluster metropolitano son sus dos vías exentas: la Autopista Norte y la Autopista Medellín-Bogotá. Quienes circulan por esos corredores sin entrar al casco urbano quedan libres de la restricción. Para conductores de paso hacia el norte o hacia Bogotá, esa exención es concreta y práctica.
Los taxis y motocarros no tienen restricción en Copacabana. Aunque la rotación sea idéntica a la de Medellín, cada municipio gestiona sus propios comparendos. La sanción por circular sin exención es de 15 SMLDV según el artículo 131, literal C, numeral 14 de la Ley 769 de 2002. Ante cualquier discrepancia con la información oficial, usa el formulario de contacto.